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Cuándo el Cobro de la Tesorería es Objetable: las Defensas que Existen

Cuándo el Cobro de la Tesorería es Objetable: las Defensas que Existen

El contribuyente parte en desventaja

En la primera etapa del cobro, el Tesorero actúa como "juez sustanciador": el mismo organismo que cobra dirige el proceso. Lo esperable de un tribunal sería independencia e imparcialidad, pero esos elementos del debido proceso se ven afectados por diversos factores —entre ellos, que las decisiones están sujetas a instrucciones institucionales del propio Servicio—.

Prácticas que conviene revisar caso a caso

En la experiencia de estos procedimientos, hay actuaciones que pueden afectar la validez del cobro. Entre otras:

  • Embargos trabados sin una notificación válida previa.
  • Embargos sobre deudas que ya estaban garantizadas por embargos anteriores.
  • Ampliación de embargos: en la etapa administrativa cuando el proceso ya está en sede civil.
  • Reanudar procesos con años de inactividad sin la notificación que corresponde.
  • Ninguna de estas situaciones se detecta sola: requiere revisar el expediente con conocimiento del procedimiento.

    Por qué esto es una oportunidad de defensa

    Cada una de estas prácticas abre, en el caso concreto, una posible línea de defensa: alegar sobre la validez de los presupuestos del proceso, el cumplimiento de las formas o la legalidad de un embargo. Pero para hacerlo hay que conocer el procedimiento por dentro y actuar en la oportunidad correcta.

    ¿Sientes que tu cobro no está bien hecho? Evalúalo